martes, 1 de noviembre de 2016

Lanzan petición en change.org contra tala autorizada en el Nevado de Toluca

Parque Nacional Nevado de Toluca en el Edomex. Foto: Benjamin Flores

Cibernautas iniciaron una petición a través de change.org para exigir a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) echar abajo el nuevo programa de manejo del área natural protegida Nevado de Toluca que autoriza la tala de más de 17 mil hectáreas de bosque.

“No a la autorización de la tala de 33% del bosque del Nevado de Toluca”, se titula la petición iniciada por Maru Ayon y que ya cuenta con más de 17 mil 200 firmas en un solo día.

De acuerdo con el plan de subzonificación de la Semarnat para el nevado de Toluca estará permitido realizar “actividades productivas de bajo impacto ambental”. La Subzona de Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales Áreas Forestales comprende una superficie de 17 mil 785.484040 hectáreas repartidas en once polígonos.

El gobierno federal aprobó que haya un “manejo forestal sustentable” en esa superficie de reserva natural. Es decir, que se permitirá la tala en el 32.59% del Área Natural Protegida, pero con permiso de la Semarnat.

En octubre de 2013 el gobierno federal anunció que se impulsaría la actividad turística en el Nevado de Toluca pero dejó en claro que las actividades serían restringidas a “turismo de bajo impacto”, y que “no se permitirá en ningún caso la edificación o construcción de fraccionamientos, de casas campestres, cabañas o bungalos residenciales, ni la edificación o construcción de hoteles, posadas o fincas de descanso, ni campos de golf”.

Esa restricción quedó estipulada en el “Borrador del Programa de Manejo” del Nevado de Toluca que hizo público la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas en ese momento.

Sin embargo, cuando el documento fue formalizado tres años después, el pasado 21 de octubre de 2016, fueron eliminadas las restricciones para el establecimiento de infraestructura turística y desarrollos inmobiliarios.

En su versión final publicada en el Diario Oficial de la Federación el mes pasado ya se no hace referencia a la restricción de campos de golf, fraccionamientos o búngalos residenciales, es decir, la dependencia eliminó el impedimento legal para desarrollar infraestructura inmobiliaria, comercial y turística en esta reserva natural.

“El Programa de Manejo sí comprende el aprovechamiento forestal sustentable en la superficie señalada, pero con restricciones claramente establecidas por la legislación ambiental”, según la Semarnat.

Sin embargo, los peticionarios rechazan esas disposiciones y están en contra de que se autorice la tala en un tercio de la superficie del área natural protegida.

Semarnat niega tala comercial

Tras el impacto generado en change.org y medios de comunicación, la Semarnat emitió un comunicado en el que negó que el programa considere el término de tala comercial.

“El término ‘tala comercial’ no se prevé en el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Nevado de Toluca ni en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable”, subrayó la dependencia.

El programa, abundó, sí comprende el aprovechamiento forestal sustentable en la superficie señalada, “pero con restricciones claramente establecidas por la legislación ambiental. El aprovechamiento forestal sustentable de ninguna manera debe interpretarse como ‘tala comercial’”, insistió.

Según la Semarnat, lo que se podrá llevar a cabo en el Área Natural Protegida (ANP) es un manejo forestal sustentable que comprende “acciones y procedimientos” que tienen como objetivo “la ordenación, protección, conservación, restauración y aprovechamiento de los recursos forestales, así como acciones que obligan al interesado a proteger y recuperar el bosque en compensación por los beneficios obtenidos, con lo que se evitará que no disminuya la capacidad productiva de los ecosistemas y los recursos existentes”.

Dichas actividades, refirió, sólo podrán realizarse en la “subzona de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales”, la cual ocupa el 32.59% de la superficie del área natural protegida.

La dependencia hizo énfasis en señalar que todas las actividades de aprovechamiento que se lleven a cabo en esta zona “deberán ser autorizadas por la Semarnat” y “siempre y cuando cumplan con las disposiciones aplicables en materia forestal e impacto ambiental, así como con lo dispuesto en el Capítulo VI de las Reglas Administrativas del Programa de Manejo”.

Fuente: Proceso| La Redacción