El Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa con especialidad en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones negó a Televisa el amparo que interpuso para dejar sin efecto la declaratoria de agente económico preponderante emitida por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).
En un comunicado el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que el juzgado no validó el argumento de la empresa de Emilio Azcárraga Jean, en el sentido de que la autoridad responsable no le notificó de forma independiente el inicio de dicho proceso.
Al interponer el amparo, Televisa argumentó que la declaratoria como agente preponderante violaba su derecho fundamental de audiencia consagrado en el artículo14 constitucional y agregó que la resolución del IFT transgrede el principio de libertad contractual.
Además, aseguró que la autoridad responsable no le notificó de forma independiente el inicio de dicho proceso.
El 11 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma de telecomunicaciones.
En cumplimiento a dicha reforma, el IFT inició el procedimiento administrativo para determinar la existencia de agente económico preponderante en el sector de radiodifusión para imponer las medidas necesarias y evitar afectaciones a la competencia.
Así, el 6 de marzo el organismo emitió la resolución a través de la que declaró a Televisa agente económico preponderante en el sector de radiodifusión y le informó que debía poner su infraestructura de radiodifusión a disposición de terceros en forma no discriminatoria.
También le informó que no podría adquirir en exclusiva derechos de transmisión para cualquier lugar dentro de México con respecto a cierto contenido relevante a ser determinado por el IFT como agente económico preponderante.
En su momento, Televisa calificó las resoluciones del IFT, en materia de preponderancia, must carry y must offer, como “medidas restrictivas” y los mismo señaló sobre la publicación de la convocatoria de la licitación de frecuencias para televisión abierta.
Al dictar resolución sobre la solicitud de amparo, el juez primero de Distrito en Materia Administrativa decidió negar la protección de la justicia federal a Televisa al considerar que “no había lugar a notificarle de manera independiente” el inicio del procedimiento administrativo correspondiente a la determinación de la existencia de agente económico preponderante en el sector de radiodifusión y la imposición de las medidas necesarias para evitar que se afecte la competencia y la libre concurrencia.
El juez resolvió que al formar parte de ese grupo, el emplazamiento como parte del mismo era “suficiente”.
Fuente: Proceso| La Redacción