La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó este viernes reformas y adiciones a los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que entrarán en vigor a partir de este sábado 28.
De acuerdo con el decreto difundido en el Diario Oficial de la Federación, se reforma el inciso e) y se adiciona un inciso o) de la fracción IV del artículo 116, y se reforma el artículo 122, Apartado C, Base Primera, fracción V, inciso f) de la Carta Magna.
En el primer caso, las constituciones y leyes de los estados en materia electoral garantizarán que los partidos políticos se constituyan únicamente por ciudadanos, sin intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente, y sin que haya afiliación corporativa.
De igual manera, que tengan reconocido el derecho para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2°, apartado A, fracciones III y VII, de la Constitución mexicana.
También se fijarán las bases y requisitos para que en las elecciones, los ciudadanos soliciten su registro como candidatos para poder ser votados en forma independiente a todos los cargos de elección popular, en los términos del artículo 35 de la Constitución.
Sobre el artículo 122, detalla la obligación de “expedir las disposiciones que garanticen en el Distrito Federal elecciones libres y auténticas, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo, sujetándose a las bases que establezca el Estatuto de Gobierno”.
Fuente: Proceso | La Redacción