miércoles, 10 de septiembre de 2014

Va SME contra restricciones a marchas

El Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) presentó una demanda de amparo para impugnar la nueva Ley de Movilidad del Distrito Federal, que reitera las reglas a las que deben someterse las organizaciones y personas que pretendan realizar marchas y manifestaciones.

Firmada por Martín Esparza, secretario general del gremio, la demanda alega violaciones a derechos humanos de libertad de expresión, manifestación de las ideas y libre asociación pacífica para fines de protesta.

Francisco Javier Rebolledo, juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa, admitió hoy a trámite el recurso interpuesto, pero rechazó concederle al SME una suspensión provisional contra su aplicación mientras se estudia el caso.

La ley prohíbe a los manifestantes utilizar vías primarias de circulación continua, autoriza a la Secretaría de Seguridad Pública a evitar dichos bloqueos y señala que las manifestaciones, marchas, caravanas o peregrinaciones que puedan perturbar el tránsito serán motivo de aviso por escrito a la autoridad con 48 horas de anticipación.

Eventualmente, si el Poder Judicial declara inconstitucionales los artículos impugnados, el sindicato de la extinta paraestatal Luz y Fuerza del Centro quedaría exento de la ley, aunque en la práctica, el SME ha sido una de las organizaciones que con mayor facilidad realiza marchas, plantones y bloqueos en zonas centrales de la capital.

La anterior Ley de Transporte y Vialidad, expedida en 2002 durante el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador, contenía las mismas restricciones a las marchas en sus artículos 106 al 108, que rara vez fueron aplicadas por las autoridades en sus 12 años de vigencia.

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro, así como un grupo que encabeza Félix Lucio Hernández Gamundi, activista del Comité del 68, promovieron amparos similares que no han sido admitidos.

En agosto pasado, las comisiones Nacional y del Distrito Federal de Derechos Humanos promovieron acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia para impugnar las mismas restricciones.

Los organismos consideraron que la ley transgrede los derechos a la no discriminación, de asociación, a la libertad de expresión, a la manifestación, así como a los principios de legalidad, pro persona y de no restricción de garantías.

Agregaron que las normas son imprecisas porque sólo facilitan la realización de marchas que tengan "fines lícitos" y que el aviso 48 horas es una interferencia del poder público en los derechos ciudadanos, que viola tratados internacionales.




Fuente: Reforma| Víctor Fuentes