viernes, 6 de enero de 2012

Declara la SCJN el inicio de la décima época judicial en México

Reformas recientes impactarán en la estructura del PJF

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el Diario Oficial de la Federación el registro del inicio de una nueva época judicial, la décima desde 1871, que fue motivada por las recientes reformas constitucionales en materia de derechos humanos y juicio de amparo, las cuales fueron aprobadas el año pasado e impactarán en la estructura del Poder Judicial Federal (PJF).

“La décima época del Semanario Judicial de la Federación se iniciará con la publicación de la jurisprudencia del pleno y de las salas de la Suprema Corte de Justicia, así como de los Tribunales Colegiados de Circuito, derivada de las sentencias dictadas a partir del 4 de octubre de 2011, de los votos relacionados con éstas, de las tesis respectivas y de las diversas ejecutorias emitidas a partir de esa fecha”, dice el acuerdo publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.

Cada nueva época queda registrada en el Semanario Judicial de la Federación y tiene como propósito el ordenamiento de las resoluciones emitidas por jueces, magistrados y ministros, en lo que es una especie de biblioteca de fallos judiciales utilizada por juzgadores, abogados, agentes del Ministerio Público y estudiantes de derecho.
Para emitir una nueva época, los ministros toman en cuenta el contexto, las leyes y los criterios jurídicos que los juzgadores utilizan para sus resoluciones, a fin de determinar si algunas tesis de jurisprudencia o aisladas han quedado rebasadas.

Según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, la décima época fue motivada por la reforma constitucional del 10 de junio que indica para todas las autoridades la observancia obligatoria de los derechos humanos previstos en tratados internacionales firmados por México.

Esa reforma ha comenzado a tener efectos en decisiones de la SCJN, como su resolución sobre límites al fuero de guerra derivada del caso Rosendo Radilla. A partir de ese fallo, cada resolución judicial deberá ahora tomar en cuenta esos tratados, además de la Constitución.

También se consideró la reforma del 6 de junio, que contiene cambios de fondo al juicio de amparo, el cual podrá ser promovido acreditando un interés legítimo, ya no sólo jurídico.




Fuente: La Jornada