jueves, 23 de noviembre de 2017

Preocupa a CNDH el poco incremento al Salario Mínimo

El organismo expresó que el aumento de $80.04 a $88.36 aún no alcanza para garantizar el acceso a la canasta básica y mucho menos para costear las necesidades materiales, sociales, culturales y educativas de una familia.
Debido a que todavía no es suficiente para cubrir las necesidades básicas de los trabajadores, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) mostró su preocupación ante el bajo aumento al salario mínimo que ayer otorgó la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami).
En un comunicado, el organismo rector de los derechos humanos en el país señaló que el salario mínimo debe garantizar el derecho de la población a tener acceso a la canasta básica, lo cual no se cumple debido a que las cifras de pobreza en el país se han incrementado y porque los ingresos de las trabajadoras y los trabajadores no alcanzan para cubrir las necesidades de su familia en el orden material, social, cultural y educativo, lo que refleja que el sueldo mínimo es insuficiente.
La CNDH recordó que conforme a las líneas de bienestar que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social (Coneval) expone, se observa que con el incremento al salario mínimo de 80.04 a 88.36 pesos, resulta un total al mes de 2 mil 650.8 pesos por tanto, éste sigue estando por debajo de la canasta alimentaria y la no alimentaria urbana, de acuerdo a los cálculos publicados en octubre de este año, las líneas de bienestar se fijan en 2 mil 924.94 mensuales.
“La vida digna de las personas, en buena parte, depende del aumento del salario mínimo, y esta Comisión considera necesario que, la construcción de éste deba darse con enfoque de derechos humanos. Este Organismo Nacional reitera que el acceso a prestaciones laborales complementarias son elementos que contribuyen al ejercicio de la igualdad entre trabajadoras y trabajadores; a la protección de la niñez, de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, dicho enfoque debe tomarse en cuenta en los procedimientos que se lleven a cabo para determinar el monto de dicha remuneración”, indicó.
Agregó que el Estado mexicano contempla en su Constitución en el artículo 123 el derecho a un trabajo digno y socialmente útil, esto complementado con la Ley Federal del Trabajo la cual considera que el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
“Es necesario que la política de recuperación gradual y sostenida del poder adquisitivo de los salarios mínimos generales y profesionales, asegure que el monto del salario mínimo, aunado a las medidas de protección social, sean adecuados para que las trabajadoras y los trabajadores que perciben el equivalente a uno solo y sus familias, vivan dignamente, con pleno goce y disfrute de los derechos humanos”, indicó.
En este sentido, el organismo manifestó que en un esquema de obligaciones del gobierno, en materia de derechos humanos, es indispensable el fortalecimiento progresivo del salario mínimo, lo que incluiría trazar el alcance que corresponde al gobierno en la determinación del monto; la representatividad de los actores que participan en los procedimientos correspondientes, en particular se analice si los intereses y necesidades de quienes perciben un salario mínimo tienen una manera efectiva para ser planteados y atendidos; y si el esquema mismo de la negociación es el adecuado para dar cuenta de los estándares de derechos humanos involucrados.
La CNDH exhortó tanto a autoridades como a la misma Conasami a considerar que no solamente se está hablando de salarios, sino además de aquellos derechos inherentes a todas las personas que se ven directamente comprometidos como son la salud, la educación, la cultura, la vivienda digna, entre otros.
Fuente: El Universal