OHL buscó ampararse contra la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quien investiga a esa empresa tras detectar irregularidades en sus cuentas.
Un juez federal desechó, por improcedente, la demanda de amparo promovida por filiales de OHL México, contra la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) indicó que “el Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal informa que resolvió desechar por improcedente la demanda de juicio de amparo indirecto 2105/2015, promovido por el Director General de Concesionaria Mexiquense, S.A. de C.V. y de Organización de Proyecto de Infraestructura, S.A.P.I de C.V., filiales de la empresa OHL México, S.A.B. de C.V. en contra de diversos oficios emitidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV)”.
“La autoridad jurisdiccional determinó el desechamiento con base en la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 107, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, en virtud de que los oficios reclamados fueron emitidos dentro de diversos procedimientos seguidos en forma de juicio, que se encuentran pendientes de resolver, y que no afectan derechos sustantivos del quejoso, dado que en ellos solo se le otorga un plazo de diez días para que manifieste lo que a su derecho convenga, ofrezca pruebas y formule los alegatos que estime pertinentes para desvirtuar los actos, hechos u omisiones consignados por la autoridad en los procedimientos de sanción administrativa iniciados en su contra por la presunta infracción de diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y las demás aplicables a las emisoras de valores y otras participantes del Mercado de Valores”, abundó.
El referido juez señaló en su resolutivo “que dichas actuaciones solo pueden implicar la infracción de derechos adjetivos, los cuales pueden ser reparados si se obtiene resolución favorable, máxime que el quejoso se halla en aptitud de desvirtuar las irregularidades que se le imputan dentro del plazo concedido para ello“.
OHL buscó ampararse ante diversos oficios emitidos por la CNBV, con el propósito de investigar su presunta responsabilidad consistente en difundir información que indujo al error al público inversionista.
La Comisión Nacional Bancaria pidió a OHL que en un plazo de diez días manifestara lo que a su interés conviniera y ofreciera pruebas a su favor.
En octubre pasado, la propia constructora reveló que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de México detectó irregularidades en la empresa, luego de iniciar en mayo pasado procedimientos sancionadores en su contra.
En un comunicado a sus inversionistas en España, OHL dio a conocer la investigación de la comisión y sus resultados, con los que manifestó no estar de acuerdo.
“La CNBV interpreta que OHL México debería haber contabilizado bajo IFRS (Normas Internacionales de Información Financiera) sus concesiones en México con rentabilidad garantizada conforme al modelo de activo intangible porque entiende que en dichas concesiones no existe una obligación incondicional de pago en el sentido en que la define la IFRIC 12 (Interpretación sobre Acuerdos de Concesión de Servicios)”, expuso la constructora.
La CNBV “alega que OHL México presuntamente no informó debidamente al mercado acerca de las diferencias entre los niveles de tráfico actuales en sus concesiones y las proyecciones de los mismos que se hicieron al tiempo del inicio de dichas concesiones; y que OHL México presuntamente ha incumplido la normativa aplicable a las operaciones con partes vinculadas y, fundamentalmente, determinados requisitos de índole formal y procedimental que afectan a la aprobación de dichas operaciones”.
La CNBV también realiza alegaciones sobre ciertas inversiones no verificables, las cuales “OHL considera no relevantes”.
Fuente:Aristegui Noticias| La Redacción