viernes, 9 de mayo de 2014

Entra en vigor ley que sanciona a aficionados violentos

 A partir de mañana sábado entrarán en vigor las nuevas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, entre las que destaca la sanción con cuatro de años cárcel a quien cometa delitos de violencia en eventos deportivos.

De acuerdo con el decreto de la Secretaría de Educación Pública (SEP) publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, se instituirá un padrón de personas sancionadas, a quienes se prohibirá la entrada a actos masivos o con fines de espectáculo.

El documento precisa que se castigará al espectador o cualquier otra persona que sin ser juez, jugador o parte del cuerpo técnico de los equipos contendientes, lance objetos contundentes que pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas.

De igual manera a quien ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cauce daños materiales en los bienes muebles o inmuebles que se encuentren en el propio recinto deportivo, en sus instalaciones anexas o en las inmediaciones, o que introduzca armas de fuego, explosivos o cualquier otra arma prohibida.

La sanción se aplicará a quienes se encuentren en el interior de los recintos donde se celebre el evento, en sus instalaciones anexas, en sus inmediaciones o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos.

Para esos delitos se impondrán sanciones que irán de seis a cuatro años de prisión y multas de 10 a 90 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Y quien resulte responsable de los delitos previstos también será suspendido del derecho de asistir a eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo, por un plazo equivalente a la pena de prisión que le sea impuesta.

Para ello, apunta el decreto, se instituye el padrón de personas sancionadas con suspensión del derecho de asistir a eventos deportivos, mismo que formará parte de las bases de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Las medidas anunciadas este viernes se dan en respuesta a los hechos violentos del pasado 22 de marzo en el estadio Jalisco durante el encuentro Chivas-Atlas, con saldo de Ocho policías y 30 civiles heridos

El enfrentamiento de ese día se dio en la recta final del encuentro, cuando miembros de la porra rojiblanca encendieron y lanzaron bengalas desde la tribuna.

La policía municipal intentó controlar la situación, pero los aficionados terminaron por superar en número a los elementos policiales y respondieron con golpes.

La pelea en la tribuna alta entre barristas de Chivas y policías terminó con un saldo de ocho uniformados y 30 civiles heridos, además de 17 detenidos.

Con la nueva disposición que entrará en vigor mañana, las personas que asistan a eventos deportivos deberán evitar su participación en hechos violentos para no hacerse acreedores a los castigos arriba descritos.

Según el decreto, la información contenida en el padrón de personas sancionadas será confidencial y su acceso estará disponible únicamente para las autoridades de la materia, quienes no podrán usarla para otro fin distinto a hacer efectivas las sanciones de prohibición de asistir a eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo

Los organizadores, participantes, asistentes, aficionados o espectadores en general, atenderán las disposiciones en materia de seguridad y protección civil, según corresponda, y las indicaciones que emitan las autoridades competentes, para que los actos deportivos se realicen de manera ordenada y se preserve la integridad de las personas y los bienes.

En tanto, la seguridad en la cancha o área de competencia, vestidores y baños para jugadores y en los corredores que los comuniquen, será responsabilidad exclusiva de las asociaciones o sociedades deportivas que avalen el evento y de los organizadores, y sólo a petición expresa de sus dirigentes intervendrán las autoridades policíacas.

En la seguridad del interior de los recintos y sus instalaciones anexas, a solicitud de los organizadores, podrán participar autoridades de los tres órdenes de gobierno.

Las Legislaturas estatales y del Distrito Federal, las autoridades municipales y órganos políticos administrativos en las demarcaciones territoriales de la ciudad de México, deberán adecuar sus disposiciones legales a lo previsto en esta reforma, en un plazo no mayor a seis meses a partir de la entrada en vigor.




Fuente: Proceso| La Redacción