Veinte años después de la matanza de 17 campesinos en el Vado de Aguas Blancas, Coyuca de Benítez, el 28 de junio de 1995, el Ejecutivo federal no ha atendido la recomendación del expediente 3/93 que elaboraron los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juventino Castro y Castro y Humberto Román Palacios, quienes atribuyeron “la mayor responsabilidad” de esos hechos al entonces Gobernador Rubén Figueroa Alcocer.
Los dos ministros fueron comisionados por la SCJN para que investigaran la matanza a petición del ex Presidente de la República, Ernesto Zedillo Ponce de León.
En la resolución que emitieron el 12 de abril de 1996 y que fue entregada por la Corte al ex Presidente Zedillo, establecen que la mayor responsabilidad recae en el entonces Gobernador Rubén Figueroa Alcocer por el “imprudente” manejo de una cuestión sumamente delicada, al poner en manos “inadecuadas” conflictos tan destacados, y porque (después de los hechos) actuó como “grupúsculo detentador del poder al que había que conservar, aun cuando ello implicara ocultar la verdad y proteger a los responsables de los hechos”.
En el expediente, los ministros sostienen la tesis de que hubo un “infiltrado provocador” que al bajar del segundo camión disparó para “excitar” la reacción de los policías, y que después fue protegido por algunos de éstos para su ocultamiento y evitar ser lesionado o detenido”.
Pero anticiparon desde hace 19 años que hay en esta matanza “casos que son especialmente confusos y difícilmente podrán ser totalmente aclarados en los tres procesos que se han incoado en el Juzgado Tercero del Ramo Penal con residencia en Acapulco, “porque, aparentemente en forma intencionada, los que podrían aclararlos, afirmaron ser ajenos a ellos”.
Subrayan también que hubo un “manejo especial” de los acontecimientos por las altas autoridades del Estado para disculpar a éste de los “sangrientos acontecimientos. La “averiguación” que hicieron los dos ministros fue independiente de la que realizó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que emitió la recomendación 104/95; la Procuraduría General de Justicia del estado (hoy Fiscalía General del Estado), que integró la averiguación previa TAB/1/3208/95; y la Procuraduría General de la República (PGR), “por tratarse de hechos de excepcional gravedad, a partir de la contravención flagrante al derecho a la vida que protege al artículo 14 Constitucional”.
La investigación alterna de la SCJN se realizó, incluso, ya cuando estaban sujetas a proceso 43 personas como probables responsables de los delitos de homicidio, lesiones, abuso de autoridad, ejercicio indebido y abandono de la función pública ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tabares, y luego de que –se argumenta en el expediente- “subsiste en la comunidad nacional un sentimiento de preocupación por el cabal esclarecimiento de los hechos y la determinación de sus consecuencias conforme a la Ley”. El resultado de su investigación fue el expediente 3/96 integrado por 156 hojas.
EL ANALISIS DEL EXPEDIENTE
En el expediente del cual la SCJN sólo dio a conocer una parte en su momento, refiere que el entonces Gobernador Rubén Figueroa había sido enterado con anticipación de la protesta que realizarían los miembros de la Organización Campesina de la Sierra del Sur (OCSS) en Atoyac, mediante volantes que distribuyeron personalmente y vía telefónica por la presidenta municipal de Atoyac, María de la Luz Núñez Ramos.
Recuerda que los miembros de la OCSS querían manifestarse en contra de la presidenta de Atoyac por la desaparición de uno de sus integrantes “y por el incumplimiento de compromisos de reparto de elementos para las labores campesinas, principalmente fertilizante”.
Los ministros asientan que en una entrevista con la alcaldesa les declaró que el 27 de junio habló con el Gobernador y que éste le dijo: “¿Ya sabe que Guilebaldo volvió a citar a sus amigos de la OCSS? Quiero pedirle que hable usted con los de la OCSS de Atoyac para que estos desistan de ir a la manifestación. Hay que tratar que no lleguen, ya que son gente muy violenta. Yo por mi parte ya tomé providencias para que el grupo mayoritario no vaya. Vamos a tratar de detener a la gente de Tepetixtla a como dé lugar, le pido que estemos en comunicación”.
Se asienta en el expediente que ese mismo día, el Gobernador, en presencia del Secretario de Gobierno, Rubén Robles Catalán, del director de la Policía Judicial (actual Policía Ministerial), Gustavo Olea Godoy, y del Secretario de finanzas, Héctor Vicario Castrejón, ordenó al subsecretario de Protección y Vialidad, Rosendo Armijo de los Santos, que se trasladara al día siguiente al municipio de Coyuca de Benítez y tratara de convencer a los “posibles manifestantes” que no ejercieran violencia de cualquier tipo en contra del Palacio Municipal de Atoyac, de su presidenta y de sus regidores, que si persistían en continuar su marcha, los dejaran pasar pero desarmados, y que si tampoco esto último era acatado, que les dieran el paso puesto que la protesta que intentaban realizar no era en contra del Gobierno del estado. “Además que les hicieran saber a quienes protestaban que el propio Gobernador los visitaría en los siguientes día en Tepetixtla”.
Armijo de los Santos organizó un operativo para el día siguiente con más de 30 elementos de la Policía Motorizada que actuaban como preventivos, “y otros elementos auxiliares, quedando a cargo del operativo el director de la policía, Manuel Moreno González, “a quien consideraban con experiencia por haber participado en hechos anteriores similares”.
Pero los ministros agregan que al día siguiente se dio un primer “acontecimiento inusitado”, pues el encargado de supervisar el operativo (Rosendo Armijo de los Santos), “persona de la total confianza del Gobernador, simplemente no se presentó en el lugar argumentando (después) ante esta comisión, que el día de los hechos su esposa estaba gravemente enferma de cáncer y le era absolutamente necesario atenderla”.
Mientras tanto, establecen que el entonces Secretario de Gobierno, Rubén Robles Catalán, a quien el ex Gobernador ordenó trasladarse desde Chilpancingo en un helicóptero, llegó a Coyuca de Benítez dos horas después de ocurridos los acontecimientos, (aproximadamente a las 10: 30 horas), “quien nos afirmó que cuando llegó, el licenciado Armijo se encontraba en un segundo piso de un edificio escolar y al preguntarle sobre lo ocurrido, manifestó que él no había atendido personalmente el operativo, sino el mayor Moreno en su sustitución y que tampoco sabía con exactitud las causas del enfrentamiento que produjo muertos y heridos”.
Y efectivamente, mencionan que ninguna de las personas con las cuales se entrevistaron o declararon en los procesos, ni que tal persona (Armijo), estuvieron presentes en El Vado, “parece ser que Armijo faltó a sus labores y todos sus compañeros no desean aclarar su grave ausencia. Esa es una opinión personal de esta comisión”.
Dicen que, en cambio, sí estuvo el primer Subprocurador Rodolfo Sotomayor Espino, pero que éste fue visto en su vehículo “refugiado de la lluvia que se producía en la zona antes y después del enfrentamiento”, y que no tomó a su cargo atender la misión del Gobernador ante la ausencia del licenciado Armijo y que, “en tal circunstancia el total responsable de los procedimientos de la policía motorizada, lo fue el mayor Manuel Moreno”.
VIDEOS MUESTRAN INFILTRACIÓN
Castro y Castro y Román Palacios exponen en el documento que hay otro “acontecimiento no totalmente aclarado”, de la revisión de los dos videos (uno editado y el otro sin cortes), pues observaron la llegada del primer camión rojo que transportaba a los campesinos de la OCSS, y “buena parte de los ocupantes se bajaron sin oponer resistencia, en un acto rutinario de revisión, incluyendo la sustracción de machetes que traían cuando aparece el segundo camión, éste de color azul, en el que debía procederse de la misma manera, pero se escuchó un disparo, aparentemente de pistola, que según los entrevistados proviene de la parte posterior de la camioneta azul, fuera del foco de filmación, después un disparo o explosión que produce mucho humo, sensiblemente apreciado”.
Para los magistrados, estos dos hechos “se traducen en un acontecimiento verdaderamente llamativo, que provoca que los policías con poderosas armas de fuego, compulsiva e indiscriminadamente empiecen a disparar contra los ocupantes del segundo camión”.
Narran: “El fuego es tan devastador que produce un número desorbitado de muertos y heridos y una cosa es bien clara y queda de manifiesto: sólo dos policías son heridos de menor gravedad por armas cortantes, mientras que todos los muertos y heridos eran pasajeros y fueron tocados por armas de fuego”.
Refieren en sus conclusiones que todas las personas que entrevistaron coincidieron en señalar que los policías actuaron “compulsiva, fría y prepotentemente por irritación, sin responder a esquemas medianamente lógicos, puesto que no consta que respondieran a un ataque con armas de fuego contra ellos”.
En el informe se detalla que el empleado que filmó lo acontecido “dejó de hacerlo por sentirse verdaderamente enfermo y asqueado, evidentemente se refería no a una batalla sino a asesinatos de personas armadas frente a pasajeros de un camión de redilas que en su inmensa mayoría eran civiles pacíficos que estaban desarmados, y no obstante que unos pocos de ellos portaban machetes”.
En estas circunstancias los ministros establecen tres posibilidades de acontecimientos que marcaron el inicio de la matanza; un disparo inaudible en la grabación desde la parte posterior del segundo camión de color azul por persona desconocida que, inclusive, no puede identificarse si era civil o policía; un disparo o explosión no bien identificado que produce abundante humo blanco, que tampoco se aprecia quién lo hace; y de acuerdo con la versión oficial, dos machetazos que hieren de forma no grave a dos policías por los supuestos miembros de la OCSS, “pero cualquiera de los tres acontecimientos constituyen graves violaciones a los derechos”.
Pero insisten en su tesis del “infiltrado provocador”, y el texto dice: “Los policías del llamado retén esperaban la señal de la explosión, pues prácticamente todos empezaron a disparar al unísono”.
Aseguran que en las entrevistas con los distintos actores, muchos de éstos les mencionaron que en el segundo camión estaba “infiltrado un provocador” que al bajar del mismo disparó para excitar la reacción de los policías, y que después fue protegido por ellos para su ocultamiento y evitar ser lesionado o detenido.
FIGUEROA EL RESPONSABLE
En el expediente 3/96 elaborado por los ministros, acusan que después de la matanza, el Gobernador mandó al Secretario de Gobierno y al director de Comunicación Social “no a investigar y a exigir responsabilidades, sino aparentemente a ocultarlos y crear confusión informativa”.
Y en ese sentido mencionan que “hubo manejo especial de los hechos por las altas autoridades del Estado para disculpar a éste de los sangrientos acontecimientos, cuando hubiese sido más sencillo reconocer los excesos de sus enviados y de los policías que los acompañaron en una misión pacífica de convencimiento, mostrar íntegramente la videograbación y evitar todo ocultamiento y engaño, y no optar como lo hizo, tratar de protegerlos como si existiera un compromiso delincuencial”.
Castro y Castro y Román Palacios concluyen, que “hubo negligencia, irresponsabilidad y falta de respeto a la dignidad humana por parte del Gobernador del estado, de funcionarios menores y de policías incompetentes”.
Sostienen que “en esta tesitura, la mayor responsabilidad para el Gobernador del estado se finca en el imprudente manejo de una cuestión sumamente delicada, dentro de una serie de anteriores precedentes preocupantes y la de poner en manos inadecuadas conflictos tan destacados; no atendió el conflicto por conducto del Secretario general de Gobierno o el Procurador, suponiendo que por sus ocupaciones él no pudiese desplazarse personalmente, sino que lo ordenó a un inferior, quien a su vez lo ordenó a un comandante de la Policía Motorizada”.
En otras de sus conclusiones establecen que “en el Vado de Aguas Blancas se cometió una grave violación del derecho a la vida de 17 campesinos y se causaron heridas a 25 más y aun así no hay evidencia de que el gobierno del estado hubiera actuado como era su responsabilidad; como mandatario de los habitantes de la entidad, más bien actuó como grupúsculo detentador del poder que había que conservar aun cuando ello implicara ocultar la verdad y proteger a los responsables de los hechos”.
Y acusan: “Por tal motivo, es evidente la responsabilidad de los entonces Gobernador, Procurador General de Justicia, y Secretario general de Gobierno. Además de los restantes funcionarios consignados, porque actuaron como cultivadores del engaño, la maquinación y la ocultación, con la consecuente violación grave de las garantías antes citadas”.
Refieren que es allí donde aparece como sumamente preocupante para la sociedad mexicana “la persistencia en incurrir en una política falta de ética, de ocultamiento, de engaño y de desprecio a la propia sociedad por parte de quienes son elegidos o designados precisamente para defenderla y servirla”.
AUTORIDADES ESTATALES NO FUERON PROCESADOS
Sin embargo, 20 años después de la matanza de los campesinos de la OCSS, el entonces Gobernador Rubén Figueroa Alcocer, el Secretario de Gobierno Rubén Robles Catalán (ya muerto) y el Procurador Antonio Alcocer Salazar, no han sido procesados, a pesar de que los resultados de la investigación de los magistrados les implicaron responsabilidad y el informe fue entregado al entonces Presidente Ernesto Zedillo.
Como consecuencia de la masacre, el director operativo de la Policía del Estado, Manuel Moreno González, y los comandantes Lorenzo Roque Cortés y Francisco Sandoval Medina, así como 18 policías, dos de ellos prófugos, Fidel Apolonio Ceferino y Policarpo Mendoza Tenorio, fueron procesados por abuso de autoridad, homicidio y lesiones.
Mientras tanto, por homicidio, lesiones, ejercicio indebido y abandono del servicio público e hipótesis de ocultar información de la que tenga conocimiento, fueron procesados el primer Subprocurador, Rodolfo Sotomayor Espino, el director general de Gobernación, Esteban Mendoza Ramos, el delegado de Gobernación en la Costa Grande, Gustavo Martínez Galeana y, nuevamente, el director operativo, Manuel Moreno González.
Asimismo, sólo por ejercicio indebido y abandono del servicio público fueron procesados el subsecretario de Protección y Tránsito, Rosendo Armijo de los Santos; el agente del Ministerio Público, Adrián Vega Cornejo; la agente determinador del Ministerio Público, Francisca Flores Rizo; el agente auxiliar del Ministerio Público, Elías Reachi Sandoval; el delegado regional de la Procuraduría, Javier Reyes Grande; el agente del Ministerio Público comisionado, José María Alcaraz López; los agentes auxiliares del Ministerio Público, Gildardo López Reyes, Jorge Rafael López Serrano y José Antonio Clavel Díaz, y el jefe del departamento de servicios periciales, Francisco de Paula Ricart Álvarez, así como 5 peritos, 2 agentes confidenciales de Gobernación y la directora de averiguaciones previas Blanca María del Rocío Estrada.
También hubo orden de aprehensión en contra del agente especial de Gobernación, Armando Nieto Espita, por homicidio, lesiones y abuso de autoridad, pero no existen antecedentes de si se ejecutó.
Todos relacionados con la causa penal 3-2/996 que se abrió en el Tercer Juzgado de Primera Instancia del Ramo Penal de Acapulco.
En el expediente 3/96 elaborado por los ministros, acusan que después de la matanza, el Gobernador mandó al Secretario de Gobierno y al director de Comunicación Social “no a investigar y a exigir responsabilidades, sino aparentemente a ocultarlos y crear confusión informativa”.
Y en ese sentido mencionan que “hubo manejo especial de los hechos por las altas autoridades del Estado para disculpar a éste de los sangrientos acontecimientos, cuando hubiese sido más sencillo reconocer los excesos de sus enviados y de los policías que los acompañaron en una misión pacífica de convencimiento, mostrar íntegramente la videograbación y evitar todo ocultamiento y engaño, y no optar como lo hizo, tratar de protegerlos como si existiera un compromiso delincuencial”.
Castro y Castro y Román Palacios concluyen, que “hubo negligencia, irresponsabilidad y falta de respeto a la dignidad humana por parte del Gobernador del estado, de funcionarios menores y de policías incompetentes”.
Sostienen que “en esta tesitura, la mayor responsabilidad para el Gobernador del estado se finca en el imprudente manejo de una cuestión sumamente delicada, dentro de una serie de anteriores precedentes preocupantes y la de poner en manos inadecuadas conflictos tan destacados; no atendió el conflicto por conducto del Secretario general de Gobierno o el Procurador, suponiendo que por sus ocupaciones él no pudiese desplazarse personalmente, sino que lo ordenó a un inferior, quien a su vez lo ordenó a un comandante de la Policía Motorizada”.
En otras de sus conclusiones establecen que “en el Vado de Aguas Blancas se cometió una grave violación del derecho a la vida de 17 campesinos y se causaron heridas a 25 más y aun así no hay evidencia de que el gobierno del estado hubiera actuado como era su responsabilidad; como mandatario de los habitantes de la entidad, más bien actuó como grupúsculo detentador del poder que había que conservar aun cuando ello implicara ocultar la verdad y proteger a los responsables de los hechos”.
Y acusan: “Por tal motivo, es evidente la responsabilidad de los entonces Gobernador, Procurador General de Justicia, y Secretario general de Gobierno. Además de los restantes funcionarios consignados, porque actuaron como cultivadores del engaño, la maquinación y la ocultación, con la consecuente violación grave de las garantías antes citadas”.
Refieren que es allí donde aparece como sumamente preocupante para la sociedad mexicana “la persistencia en incurrir en una política falta de ética, de ocultamiento, de engaño y de desprecio a la propia sociedad por parte de quienes son elegidos o designados precisamente para defenderla y servirla”.
AUTORIDADES ESTATALES NO FUERON PROCESADOS
Sin embargo, 20 años después de la matanza de los campesinos de la OCSS, el entonces Gobernador Rubén Figueroa Alcocer, el Secretario de Gobierno Rubén Robles Catalán (ya muerto) y el Procurador Antonio Alcocer Salazar, no han sido procesados, a pesar de que los resultados de la investigación de los magistrados les implicaron responsabilidad y el informe fue entregado al entonces Presidente Ernesto Zedillo.
Como consecuencia de la masacre, el director operativo de la Policía del Estado, Manuel Moreno González, y los comandantes Lorenzo Roque Cortés y Francisco Sandoval Medina, así como 18 policías, dos de ellos prófugos, Fidel Apolonio Ceferino y Policarpo Mendoza Tenorio, fueron procesados por abuso de autoridad, homicidio y lesiones.
Mientras tanto, por homicidio, lesiones, ejercicio indebido y abandono del servicio público e hipótesis de ocultar información de la que tenga conocimiento, fueron procesados el primer Subprocurador, Rodolfo Sotomayor Espino, el director general de Gobernación, Esteban Mendoza Ramos, el delegado de Gobernación en la Costa Grande, Gustavo Martínez Galeana y, nuevamente, el director operativo, Manuel Moreno González.
Asimismo, sólo por ejercicio indebido y abandono del servicio público fueron procesados el subsecretario de Protección y Tránsito, Rosendo Armijo de los Santos; el agente del Ministerio Público, Adrián Vega Cornejo; la agente determinador del Ministerio Público, Francisca Flores Rizo; el agente auxiliar del Ministerio Público, Elías Reachi Sandoval; el delegado regional de la Procuraduría, Javier Reyes Grande; el agente del Ministerio Público comisionado, José María Alcaraz López; los agentes auxiliares del Ministerio Público, Gildardo López Reyes, Jorge Rafael López Serrano y José Antonio Clavel Díaz, y el jefe del departamento de servicios periciales, Francisco de Paula Ricart Álvarez, así como 5 peritos, 2 agentes confidenciales de Gobernación y la directora de averiguaciones previas Blanca María del Rocío Estrada.
También hubo orden de aprehensión en contra del agente especial de Gobernación, Armando Nieto Espita, por homicidio, lesiones y abuso de autoridad, pero no existen antecedentes de si se ejecutó.
Todos relacionados con la causa penal 3-2/996 que se abrió en el Tercer Juzgado de Primera Instancia del Ramo Penal de Acapulco.
Fuente: Sin Embargo| La Redacción