martes, 3 de marzo de 2015

Modifica Corte reclamos legales a CFE

La Suprema Corte de Justicia cambió por tercera vez en cuatro años su criterio sobre la forma en que los clientes se pueden defender de los actos de la Comisión Federal de Electricidad, en particular los cobros excesivos.

El Pleno de la Corte resolvió hoy, por 7 votos contra 3, que los contratos que firman CFE y los usuarios son mercantiles, y por tanto los inconformes no pueden acudir en todos los casos al amparo o al juicio contencioso contra la empresa, sino que tienen que demandarla por la vía ordinaria mercantil.

Apenas en octubre, la Segunda Sala de la Corte había aprobado, por 3 votos contra 2, jurisprudencia en sentido exactamente contrario a lo que se votó hoy, al considerar que la CFE es una autoridad que tiene la exclusiva sobre el servicio eléctrico, y por tanto puede ser demandada en la vía administrativa.

Ese criterio sirvió para abandonar, a su vez, el que la propia Sala fijó en 2011, cuando estableció que la relación entre la CFE y sus clientes es comercial y mercantil, no de autoridad con gobernado.

Para los clientes, la ventaja del litigio administrativo, o del amparo, consiste en que desde que presentan la demanda pueden obtener una suspensión para evitar el corte de luz, o para que se les reconecte el servicio, siempre y cuando garanticen la supuesta deuda.

En el litigio mercantil, en el que las partes se enfrentan en un plano de igualdad, es más difícil obtener una protección judicial inmediata de este tipo y los juicios suelen ser más largos.

La jurisprudencia que derivará del debate de hoy será la definitiva sobre el tema, y parece adecuarse más a la situación que en breve enfrentará la CFE, que por la reforma energética ya no será la única proveedora del servicio y tendrá que competir con otras empresas.

Sin embargo, podrían pasar meses para que esté lista la nueva jurisprudencia y queden claros sus términos, ya que la mayoría rechazó un proyecto del ministro Fernando Franco y el expediente se turnará a otro ministro para que presente otro documento.

"La CFE no actúa en nombre y representación del Estado, es un órgano descentralizado, actúa como particular", afirmó la ministra Margarita Luna.

"No hay actuación coactiva (para el cobro), en todo contrato existe el derecho de retención: si voy al súper y en la caja no pago por los artículos, la cajera, sin ser autoridad, me dice 'no te llevas tus cosas'", ejemplificó.

Jorge Pardo agregó que no es correcto permitir al cliente acudir al amparo o el juicio contencioso, vías que le están vedadas a la CFE para reclamar pagos pendientes, mientras que otros ministros enfatizaron que algunos actos de la paraestatal sí pueden calificar como de autoridad, pero no todos.

"La Comisión tiene una ventaja mayor a lo que podría ser el procedimiento económico coactivo, aquí la CFE baja el switch y corta la luz, independientemente de si tiene razón o no", dijo Franco en defensa de su proyecto.

Franco integró en octubre la mayoría de la Segunda Sala con Luis María Aguilar y Sergio Valls, quien falleció poco después.




Fuente: REFORMA/ Redacción