No serán resueltos hasta que la SCJN dicte sentencia en acciones de inconstitucionalidad promovidas
Este lunes se determinó que, los amparos contra la Ley de Seguridad Interior no serán resueltos hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dicte sentencia en las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra dicha norma.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ordenó “concentrar todos los amparos contra dicha ley en el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa que deberá esperar a que los ministros de la Corte decidan sobre la constitucionalidad de la ley y con ello resolver conforme al criterio del máximo tribunal”, informó El Universal.
Se dio a conocer que la decisión de concentrar los amparos en un solo juzgado fue tomada por la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del CJF, integrada por los consejeros Martha María del Carmen Hernández Álvarez, José Guadalupe Tafoya Hernández y Felipe Borrego Estrada para evitar sentencias contradictorias sobre el mismo tema.
“En sesión celebrada el 2 de mayo del año en curso, mediante oficio SEPLE/CON/013/2623/2018, la Comisión de Creación de Nuevos Órganos aprobó la Concentración de Expedientes SECNO/CE/9/20-18, respecto de diversos juicios de amparo. En donde se reclamó la Ley de Seguridad Interior publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del año 2017”.
El mismo medio informó que, los amparos que fueron presentados luego del 2 de mayo, fecha en que se emitió el acuerdo del CJF, deberán ser enviados al Juzgado Décimo Segundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, independientemente del estado en el que sean promovidos.
Fuente: Revolución 3.0