La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad eliminar el fuero de “todos” los funcionarios de Estado lo cual incluye al Presidente de la República, y los integrantes de organismos autónomos. La reforma alcanzaría a aplicarse a Enrique Peña Nieto pues éste dejará el cargo el 1 de diciembre.
En paralelo, la Junta de Coordinación Política aprobó someterla a votación en la sesión de este día, de ahí será enviada al Senado de la República para que se avale la próxima semana y después ser respaldada por, al menos, 17 congresos locales por tratarse de una reforma constitucional. Peña Nieto deberá entonces promulgarla y de inmediato entrará en vigor pues así lo establece el primer artículo transitorio de la nueva ley.
Daniel Ordoñez, diputado presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e integrante del PRD, explicó que con la reforma acabará “la impunidad” y los funcionarios dejarán de escudarse en el fuero constitucional para no ser investigados cuando sean acusados de cometer algún delito.
El dictamen, que incluyó el análisis de 32 iniciativas de todos los partidos políticos, no contemplaba desaforar al Presidente de la República, sin embargo, por unanimidad se modificó alcanzando a la máxima envestidura del país para quedar como sigue:
“Artículo 110. Podrán ser sujetos de juicio político: el Presidente de la República, los senadores y diputado al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios de despacho, el Fiscal General de la República, los magistrados de Circuito y jueces de Distrito, el consejero presidente, los consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, los magistrados del Tribunal Electoral, los integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivales de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos”.
Esto implica que los actuales magistrados electorales y los miembros del INE, que han sido cuestionados en sus últimas decisiones que inciden directamente en el actual proceso electoral presidencial, los hará sujetos a desafuero. Actualmente, magistrados y consejeros electorales solo son sujetos de “juicio político” procesados en cámara de senadores y diputados respectivamente y es difícil que proceda por la forma en que están conformadas políticamente.
La reforma presenta un error que podría ser recurrido por los magistrados, habla de magistrados miembros del tribunal electoral y legalmente debe decir “Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.
Para llevar a cabo el desafuero, será la cámara de Diputados luego de acordarlo, la que haría la acusación ante el Senado de la república, “previa declaración de la mayoría absoluta de los presentes” y “para el caso del Presidente de la república se requerirá de mayoría calificada, después de haber sustanciado el procedimiento respectivos y con audiencia del inculpado.
Las reformas constitucionales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
La actual legislatura concluye el 31 de agosto para de inmediato, entrar en funciones los nuevos diputados y senadores que sean electos el próximo 1 de julio, en tanto, el Presidente de la República concluye su periodo el 30 de noviembre.
Lo anterior significa que la nueva legislatura tiene tres meses, para de acordarlo así por mayoría absoluta de los presentes en todos los casos, con excepción del Presidente de la República que debe ser por mayoría calificada. De acordarlo políticamente las nuevas fuerzas que integren la LXLIV Legislatura federal, podría ser sometido a desafuero Enrique Peña Nieto.
Fuente: Proceso