La ley de los órganos reguladores, que todavía falta discutir en lo particular, fue aprobada con 85 votos a favor y 26 en contra.
Las reservas serán discutidas en paquete por temas. (Cuartoscuro)
El Senado aprobó el último dictamen de la reforma energética al quedar votado en lo general con 85 votos a favor y 26 en contra la ley de los órganos reguladores, que todavía falta discutir en lo particular.
Los senadores del PRD y PT presentaron reservas que serán discutidas en paquete por temas, con nuevas reservas de las comisiones dictaminadoras.
El último dictamen que reforma las disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, crea la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente, impulsada por el PVEM, y modifica las facultades de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y las de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
En el articulado, se establece que además de sus atribuciones, “los órganos reguladores promoverán los actos jurídicos que se requieran para hacer efectiva la declaratoria de utilidad pública en predios donde se desarrollen actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, tendido de ductos y de infraestructura eléctrica, así como construcciones relacionadas”.
Redefine las atribuciones de la Secretaría de Energía, con un paquete de medidas anticorrupción que aplicarán a los órganos reguladores, toda vez que serán éstos los que entreguen permisos e impongan las sanciones cuando se viole la ley.
Se establece que el Ejecutivo, a través de la Sener, podrá otorgar y revocar asignaciones, establecer los lineamientos técnicos que prevalecerán en los procesos de licitación, diseño técnico de los contratos y establecer las áreas que serán objeto de asignaciones.
En materia anticorrupción, los contratos, autorizaciones, permisos, adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras que otorguen o celebren los órganos reguladores coordinados, estarán sujetos a la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, así como las demás leyes aplicables en materia de transparencia y acceso a la información, de fiscalización y rendición de cuentas y combate a la corrupción.
Para el otorgamiento de permisos o autorizaciones y la celebración de contratos incluidos aquellos para la exploración y extracción de hidrocarburos, su administración y supervisión, el Órgano de Gobierno , a propuesta de su presidente, emitirá disposiciones y políticas necesarias para que el órgano regulador coordinado de que se trate cuente con mecanismos que le permitan prevenir, identificar, subsanar y sancionar actos u omisiones irregulares, ilícitos, negligentes o cualesquiera otros que en el marco de procedimientos pudieran afectar o repercutir en las actividades y resoluciones de los órganos reguladores.
Según el articulado, las disposiciones políticas a que se refiere esta normatividad tendrá que identificar, sistematizar y administrar los factores de riesgo que puedan presentarse o actualizarse durante los procesos de suscripción y otorgamiento de contratos, autorizaciones y permisos.
Así como “prevenir, detectar y canalizar con las instancias y autoridades competentes los actos y omisiones que puedan constituir prácticas de corrupción”.
Se determina en el artículo 32 bis que la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Medio Ambiente del Sector de Hidrocarburos será la autoridad responsable de la prevención, atención y supervisión de la seguridad industrial al medio ambiente del sector, en función de las atribuciones conferidas a la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Fuente: Milenio| ANGÉLICA MERCADO Y OMAR BRITO