La Segunda Sala de la Corte pisoteó la Constitución
El reclamo político-jurídico de garantías de la Constitución, es decir, de instituciones por medio de las cuales se controla la constitucionalidad del comportamiento de ciertos órganos del Estado inmediatamente subordinados a ella, como el Parlamento o el Gobierno, responde al principio específico de la máxima juridicidad de la función estatal, propia del Estado de Derecho”
Hans Kelsen: ¿Quién debe ser el defensor de la Constitución?
En el caso de los electricistas que Felipe Calderón y su secuaz empleado Javier Lozano Alarcón (dos nazis que abusaron del poder) dejaron en el desempleo, los integrantes de la Primera Sala de la Suprema Corte de Injusticia de la Nación –Margarita Luna Ramos, Alberto Pérez Dayán, Fernando Franco y Sergio Valls– resolvieron el reclamo laboral del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) como propuso el ideólogo de Hitler y el nazismo, partidario de la autocracia y enemigo a muerte de la democracia y el republicanismo, Carl Schmitt (Estudios sobre Carl Schmitt, varios autores, Siglo XXI, España), quien argumentaba que el defensor e intérprete de la Constitución y único beneficiario debería ser, en ese entonces, el Führer Hitler o el Duce Mussolini. Ahora, pues, la Primera Sala favoreció al borrachín Calderón y al lengua suelta y brabucón Lozano, ¡ahora senador, al estilo de cuando Calígula hizo senador a su caballo!
Estúpidamente los cuatro ministros, jinetes del Apocalipsis calderonista, pisotearon la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, precisamente unos días antes de su aniversario, cuando la interpretaron anticonstitucionalmente y conforme a sus intereses. El presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en turno, al jurar cumplir la Constitución y al nombrar a todos los funcionarios y empleados de la administración pública federal centralizada y paraestatal (la Compañía de Luz y Fuerza del Centro y la Comisión Federal de Electricidad son instituciones paraestatales) se convierte en el “patrón”, para efectos del Artículo 123 y de su reglamentación, la Ley Federal del Trabajo.
El Artículo 90 constitucional determina que un organismo descentralizado es parte del sistema paraestatal. Y es la única interpretación que se debe dar. Los cuatro ministros, que sólo actuaron como una Sala de la Corte y no como tribunal constitucional, no son la última instancia. Y los electricistas y sus abogados deben y pueden demandar que se constituya la Suprema Corte de Justicia de la Nación como tal tribunal para conocer las gravísimas violaciones a la Constitución por parte de Luna Ramos, Valls, Franco y Pérez, quienes muy probablemente incurrieron en actos de responsabilidades contempladas en la misma Constitución, y sean llevados a juicio político y destituirlos.
Está claro, salvo para esos liliputienses jueces, que el gobierno federal que encabezó el nefasto Calderón, homicida de más de 100 mil mexicanos a causa de su “guerra” (ahora falta que esos ministros digan que Calderón no fue el jefe del Ejército Mexicano, la Armada y Fuerza Aérea, para que cometan otra estupidez), fue el “patrón” de la Comisión Federal de Electricidad y, por tanto, este organismo descentralizado es el patrón sustituto, conforme a la resolución del amparo que se les concedió a los electricistas del SME. Así llegaron a tal miseria en sus limitaciones político-jurídicas por comportarse como nazifascistas al seguir las enseñanzas de Carl Schmitt.
De esta manera, esos jueces a favor de Calderón y Lozano, han interrumpido la observancia constitucional (Artículo 136 constitucional) sometidos a un gobierno contrario a los principios que ella misma sanciona. Su alegato principal de que el titular del Poder Ejecutivo federal no tenía una relación directa con estos trabajadores y no estaban subordinados a Calderón es, más que una estupidez, una barbarie de tipo nazifascista. ¿Qué querían estos cuatro? ¿Que los electricistas cobraran directamente en Los Pinos y que diariamente Calderón les diera órdenes administrativas para brindar el servicio eléctrico, instalar medidores, cortar el servicio, etcétera? La verdad es que esos ministros se pasaron de listos, de cómplices y de enemigos de los trabajadores.
Ninguno de los cuatro nazifascistas, mucho menos con rigor constitucional, leyeron el Título Tercero, Capítulo III “Del Poder Ejecutivo”, sobre sus funciones, facultades y obligaciones, expuestas claramente del Artículo 80 al 93 de la Carta Magna, donde se establece que toda la administración pública y paraestatal depende del presidente, que entonces era Calderón y, legalmente, para efectos laborales, el “patrón”, a través de todos los órganos. Desconocer esto es asnería, una sandez y una burrada. Los cuatro han incurrido en graves responsabilidades. Una de éstas fue violar la Constitución en los artículos mencionados sobre la administración pública federal; conculcó los derechos laborales y el derecho al empleo a los trabajadores al suprimir el Artículo 123 y la Ley Federal del Trabajo; y dejó sin derechos humanos a quienes solicitaron ingresar a la Comisión Federal de Electricidad, como “patrón” sustituto. Calderón nombró al director general de la Comisión Federal de Electricidad y al director de la extinta Luz y Fuerza del Centro.
No hay más que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se constituya en tribunal constitucional para conocer estas violaciones a la Constitución por parte de esos cuatro ministros que la pisotearon, como su contrahomenaje nazifascista.
Fuente: Contralínea | Álvaro Cepeda Neri