lunes, 31 de octubre de 2022

JFCA reafirma LEGALIDAD de la dirección del SME

Del 30 junio al 6 julio de 2020, se realizó el proceso electoral para el periodo 2020-2025 para la elección democrática de medio Comité Central del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), encabezado por nuestro compañero Secretario General, el C. Martín Esparza Flores, quien resultó electo a través del voto personal, libre, directo y secreto de miles de trabajadores y trabajadoras electricistas.



Al ver que el resultado de la elección no favoreció a los candidatos de la Planilla 2 “Dignidad y Democracia”, estos alegaron un supuesto fraude e inconsistencias en el proceso, por lo que comenzaron una campaña de guerra sucia a través de los medios de comunicación, e interpusieron, junto a personajes ajenos a nuestra organización sindical, ocho demandas ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) bajo los expedientes: IV-126/2020, IV-128/2020, IV-129/2020, IV-132/2020, IV-133/2020, IV-134/2020, IV135/2020 y IV-136/2020, con la idea de presionar a la autoridad laboral.

En cada uno de los expedientes los demandantes exigían la nulidad del proceso electoral para el periodo 2020-2025 y la reposición de la elección, para ello argumentaron supuestas violaciones a los estatutos sindicales e inconsistencias, entre las que sobresalen:

• Que el proceso electoral se llevó a cabo en fechas distintas a las estipuladas en el estatuto.

• Que la Comisión Electoral les impidió ejercer su derecho al voto.

• Que el SME realizó un proceso de credencialización a modo para impedirles votar.

• Que no se les dio a conocer el Padrón de Miembros activos con derecho a voto.

Ante las pruebas ofrecidas por el SME la autoridad argumentó:

• El SME acreditó en términos del Estatuto Sindical vigente, haber convocado a una Asamblea General Extraordinaria para la elección de la Comisión Electoral en tiempo y forma, sin embargo, por la Contingencia Sanitaria por la pandemia de Covid-19 esta fue pospuesta hasta en tanto no hubiera condiciones para llevarla a cabo. Los demandantes no acreditaron la violación estatutaria a razón del cúmulo probatorio ofrecido por el SME.

• El SME acreditó haber convocado a todos los miembros activos a la renovación de la credencial en cumplimiento al estatuto, los demandantes no se presentaron a realizar este trámite por decisiones propias, sin responsabilidad para el Sindicato.  

• El SME demostró que la Comisión Electoral publicó el Padrón de Miembros en los términos del Estatuto Sindical y de la Ley Federal del Trabajo.

Con las pruebas entregadas por las partes y los argumentos realizados por la autoridad, la JFCA resolvió que las demandas resultaron infundadas, inoperantes e improcedentes, por lo que se absuelve al Sindicato Mexicano de Electricistas de todas y cada una de las prestaciones reclamadas por los actores.

Este fallo de la JFCA reafirma la voluntad mayoritaria de la base trabajadora, la libertad y democracia sindical del SME, dejando en firme la personalidad jurídica de la dirección sindical reconocida a través de la llamada Toma de Nota.

El SME refrenda su histórica herencia democrática y cierra el paso a quienes de forma externa quieren imponer una dirección sindical ajena a los intereses de las y los trabajadores.

¡Que viva el Sindicato Mexicano de Electricistas!

¡SOLUCIÓN YA, al conflicto del SME!

FRATERNALMENTE

“Por el Derecho y la Justicia del Trabajador”

Comité Central y Comisiones Autónomas

Sindicato Mexicano de Electricistas

Ciudad de México a 29 de octubre de 2022