El impartidor de justicia sólo dio a conocer que la firma española exhibió las cartas de crédito para avalar el pago de la garantía que se le impuso para que la medida cautelar se mantenga vigente.
Asimismo, programó la audiencia constitucional para el primero de septiembre próximo, donde resolverá si le otorga el amparo, aunque el fallo se puede impugnar ante un tribunal colegiado.
El efecto de la medida cautelar frena por tiempo indefinido el cobro de la multa histórica que se le interpuso a Iberdrola, la cual se debe a que, presuntamente, la empresa vendía energía a otras firmas bajo un permiso que solamente le permitía generarla para autoabastecimiento, mientras se resuelve si le otorga la protección de la justicia federal.
El juez le concedió la suspensión luego de que acreditó y otorgó la garantía que establece el artículo 135 de la Ley de Amparo, el cual indica que las suspensiones contra cobro de contribuciones sólo surtirán efectos si se garantiza el monto respectivo, salvo casos donde el quejoso compruebe que se excede su capacidad económica.
A finales de mayo, la CRE aprobó la RES/466/2022, la cual multa a Iberdrola Energía Monterrey (IEM), titular del permiso de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/205/AUT/2002, luego de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) señaló a la firma privada de cobrar por la electricidad que generaba en la planta.
La empresa española impugnó en junio la sanción que le impuso la CRE por la venta ilegal de energía a los más de 500 socios que tiene en la planta Dulces Nombres, la cual se ubica en Pesquería, Nuevo León.
Fuente: Político y La Jornada